NbS…¿LA SOLUCIÓN EXCLUSIVA?

NbS…¿LA SOLUCIÓN EXCLUSIVA?

En los últimos años hemos visto como se habla de Soluciones Basadas en la Naturaleza (NbS en inglés), como una herramienta para la Reducción del Riesgo de Desastres (RRD) y el abordaje del cambio climático; a tal punto que parece ser la carta de salvación de muchos gobiernos ante la recuperación post desastre en los territorios. Se trata de acciones que protegen, gestionan de forma sostenible o restauran un ecosistema para abordar los desafíos sociales, como el riesgo de desastres, el cambio climático, la seguridad alimentaria, la seguridad del agua o la salud humana.

Incluyen la protección y restauración de bosques, la protección de manglares y arrecifes de coral, la conservación y restauración de humedales y la creación de espacios verdes urbanos, entre otros.

Las NbS han sido reconocidas como una forma eficiente de reducir los riesgos de desastres, ayudar a las personas a adaptarse al cambio climático y desarrollar la resiliencia de la comunidad, llegando a afirmarse que tiene la capacidad de abordar las tres partes de la ecuación de riesgo mediante:

  • Prevención o mitigación de los peligros por sí mismos
  • Limitación de la exposición de las personas a los peligros
  • Limitación de la vulnerabilidad de las personas

Haciendo un breve acercamiento al fundamento político – teórico de este mecanismo, podríamos mencionar dos de los principios del ecologismo planteados por Barry Commoner en la green political theory:

– Todo está relacionado con todo lo demás. La Tierra, la biosfera completa, es una compleja y nutrida red de interrelaciones entre seres vivos individuales, comunidades y ecosistemas. Lo que suceda a uno, afecta al modo del «efecto dominó» al resto de los elementos de la biosfera.

 – La naturaleza es la más sabia. El funcionamiento de la naturaleza se ha optimizado a lo largo de millones de años y a través de una serie de procesos de mejoramiento. La evolución ha generado organismos y ecosistemas resistentes que pueden adaptarse unos a otros, en una interrelación que siempre replica la existencia y la vida. Para todos los efectos prácticos y en muchos ámbitos, es básicamente imposible diseñar en un tiempo breve algo que funcione tan bien como lo que ha sido creado a través de una larga evolución.

Y es así, toda vez que las NbS se pueden ver como políticas que aprovechan el poder de la naturaleza obedeciendo a sus procesos propios y a las interrelaciones que se tejen entre esta y el ser humano. En la medida que estas soluciones implican proteger, restaurar y gestionar de manera sostenible los ecosistemas, de manera que aumenten su resiliencia y capacidad para abordar esos desafíos sociales y al mismo tiempo que salvaguarden la biodiversidad y mejoren el bienestar humano, nos hace pensar en la afirmación de estos postulados ecologistas.

Pero las NbS no siempre son la mejor respuesta o al menos no la única en RRD, sobre todo ante la recuperación post desastre que en muchas ocasiones requiere de manera indispensable, intervenciones estructurales duras para una atención eficiente de los territorios en su integralidad. Si bien es cierto que la rehabilitación de los ecosistemas ayuda a reducir la vulnerabilidad de las personas a las perturbaciones y tensiones climáticas, evitando la ocurrencia de desastres o mitigando algunos efectos producidos con la ocurrencia de estos, limitar las opciones en la etapa de recuperación post desastre de forma exclusiva a las NbS, aleja la integralidad de la Gestión del Riesgo de Desastres y pone en riesgo soluciones definitivas para los territorios en un proceso que debe atender múltiples frentes. 

Por ello es mejor utilizar una variedad de estrategias que se complementen entre sí, sin cerrar la posibilidad de reducir los riesgos por desastres, ampliando el conjunto de herramientas que, sin duda, incluye poner de nuestro lado a la naturaleza.

 

EL FONDO MEDIO LLENO O MEDIO VACÍO

La COP 27 celebrada en Sharm El Sheij nos dejó un acuerdo decisivo con la creación del tan anhelado Fondo de Pérdidas y Daños que pretende dar respuesta a las pérdidas y daños generados por el cambio climático en aquellos países que están más expuestos a sus efectos y consecuencias.

Este Fondo es el resultado de dos semanas de intensas negociaciones en las que los Estados más vulnerables ante los efectos adversos de la crisis climática lograron convencer a los países desarrollados de que tienen la responsabilidad moral de costear los daños económicos que les ocasiona el calentamiento global.

Aunque podría verse el vaso medio vacío porque el Fondo no tiene recursos y se desconoce con precisión quiénes aportarán, lo cierto es que es un Fondo lleno de esperanza y una victoria para los países que, desde hace más de 30 años, han venido pidiendo que se considerara la creación de algún mecanismo de financiación para los países donde el cambio climático despliega mayores efectos y afectaciones.

La sola inclusión en la agenda de la COP27 fue motivo de celebración para los países que podrán ser beneficiarios, que tuvo un inicial rechazo por parte de Unión Europea, Estados Unidos y Japón, quienes argumentaban que se tardaría años en ponerlo en marcha y eso retrasaría la movilización de dinero en tiempos que demandan respuestas urgentes.

Una de las propuestas de estos países era la de recurrir a los instrumentos financieros ya existentes bajo el paraguas de la Convención Marco de la ONU sobre Cambio Climático (UNFCCC, por sus siglas en inglés), movidos sobre todo por la disponibilidad económica para aportar al Fondo, lo que, a su vez, hizo que EEUU propusiera ampliar el abanico de donantes de forma que incluyera también a otros estados con capacidad financiera, como China, así como al sector privado.

Sobre la mesa de negociación también se presentó la preocupación de destinar de manera adecuada los recursos del Fondo, de forma que, si se plantea como beneficiarios a los países marcados como “en desarrollo” y no solo los más vulnerables ante el cambio climático, el margen de apoyo financiero resultaría muy limitante para los países que de verdad precisan ayuda urgente por impactos climático.

Finalmente, las negociaciones derivaron en un texto que limita el acceso al fondo a países en desarrollo “particularmente vulnerables” a las consecuencias de la crisis climática, eliminando la controvertida referencia a la clasificación de 1992.

Para empezar a darle forma a la finalidad del Fondo, se convino la creación de un Comité de Transición, de 24 miembros que deberán ser nominados en diciembre de 2022, que tendrá que tomar decisiones sobre el nuevo fondo para finales de 2023.

En África Oriental, casi 40 millones de personas están experimentando hambre inducida por el clima. Las catastróficas inundaciones recientes en Pakistán han afectado más de 30 mil millones de dólares en daños y pérdidas económicas y han dejado entre el 10 y el 12 por ciento de la superficie terrestre del país bajo el agua, afectando a más de 33 millones de personas. La lista de eventos climáticos extremos y desastres está creciendo, al igual que los impactos devastadores en las comunidades.

De ahí que, si bien el Fondo está medio lleno, su financiación sigue vacía y urge poner agua a correr para asumir la responsabilidad del impacto de las decisiones de esos países que hoy parecen no tener intenciones de aportar.

DDHH Y CAMBIO CLIMÁTICO

Estrategia TRS​

Los efectos del cambio climático cada día impactan más las dinámicas sociales y la estructura del derecho tradicional. Uno de las incidencias está en el componente de vulnerabilidad con la construcción de una «nueva» categorización de los afectados por las consecuencias del cambio climático, los migrantes climáticos / refugiados ambientales / desplazados ambientales.

 

ACNUR señala que cada año, más de 20 millones de personas deben abandonar su hogar y trasladarse a otros puntos de su propio país debido a los peligros que causan la creciente intensidad y frecuencia de eventos climáticos extremos (como lluvias inusualmente fuertes, sequías prolongadas, desertificación, degradación ambiental, ciclones o aumento del nivel del mar). Por su parte, en el Pacto Mundial sobre los Refugiados ya se vislumbraba que “el clima, la degradación ambiental y los desastres naturales interactúan cada vez más con las causas detrás de los desplazamientos de refugiados”. Pese a ello, actualmente los gobiernos emisores y receptores, no han establecido políticas de acción claras que permitan ofrecer soluciones eficientes a las personas (individualmente consideradas o de manera colectiva) que se ven obligadas a salir de sus entornos con ocasión de la vulnerabilidad preexistente ante situaciones de desastres ambiental y/o climático.
Desde un abordaje de Derecho Internacional Humanitario, no parece que la vía de atención sea a través de la Convención de Ginebra sobre Refugiados Políticos (1951), porque tratarse de afectados internos que no salen de las fronteras del país de origen o desplazados transfronterizos que desean regresar a su mismo país de origen. En cualquier caso, no parece configurarse una especial situación de temor por persecución, ni una discriminación por raza, religión, opinión política, pertenencia a un grupo social o supuesto similar.
Pero más importante que la herramienta jurídica, parece no haber voluntad de los gobiernos a nivel internacional para asumir obligaciones adicionales en materia de refugiados de manera que la realidad de los migrantes / refugiados / desplazados ambientales no parece tener una solución clara pero sin duda la gobernanza climática es el mecanismo que debe conducir a brindar protección a una situación que ya desborda las capacidades internas de los países más afectados por el cambio climático, desde una perspectiva de integralidad en la gestión de la materialización de los riesgos de desastres.
Nota. Interesa el Dictamen del CDH de Naciones Unidas en el caso de Ioane Teitiota vs. República de Kiribati – (CCPR/C/127/D/2728/2016)